
Traslados de Farmacias en Catalunya: Normativa y Requisitos Clave
By Rocío Martín Sánchez – Abogado.
La planificación sanitaria es fundamental para garantizar una adecuada atención farmacéutica y un uso racional de los medicamentos. Factores como la evolución demográfica, los criterios territoriales y otras variables sanitarias influyen en la toma de decisiones. Un ejemplo claro lo encontramos en la Ley de Ordenación Farmacéutica de Catalunya (Ley 31/1991, de 13 de diciembre), que, aunque modificada, sigue siendo una referencia clave en la regulación de farmacias.
En este contexto, los traslados de farmacias se han convertido en una opción viable para mejorar la ubicación de los establecimientos ya abiertos, sin comprometer la prestación farmacéutica. En Catalunya, la Administración sanitaria ha dado prioridad a los traslados frente a las nuevas aperturas, facilitando la reubicación en locales más adecuados, siempre respetando las distancias reglamentarias entre farmacias y centros de atención primaria (CAP).
Tipos de Traslados de Farmacias
La normativa catalana contempla tres tipos de traslados para las farmacias:
1. Traslados Voluntarios
Estos traslados se llevan a cabo por decisión del propietario y tienen un carácter definitivo. Se deben respetar los 250 metros de distancia respecto a otras farmacias.
2. Traslados Forzosos
Se producen cuando el titular de la farmacia se ve privado del ejercicio profesional en el local por una causa no imputable a él. En este caso, la distancia mínima con otras farmacias se reduce a 125 metros, y solo se permite el traslado dentro de la misma Área Básica de Salud (ABS).
3. Traslados Provisionales
Estos traslados se solicitan cuando el local de la farmacia necesita ser remodelado o reconstruido, lo que impide temporalmente la actividad. La duración del traslado puede ser de hasta dos años, prorrogables un año más. La distancia con otras farmacias también se establece en 125 metros, y el nuevo local debe cumplir con ciertos requisitos, como una superficie mínima de 60 m².
Requisitos para Traslados de Farmacias en ABS Urbanas, Rurales y Semiurbanas
En las ABS urbanas, las farmacias pueden trasladarse dentro de la misma ABS o a otra del mismo municipio, siempre que no se altere la proporción de habitantes por farmacia. En ABS rurales, semiurbanas o de montaña, los traslados pueden realizarse siempre que no dejen al municipio de origen sin farmacia.
Normas de Superficie y Accesibilidad
El nuevo local debe contar con una superficie mínima útil de 75 m², de los cuales al menos 30 m² deben estar en planta baja. En traslados provisionales, esta superficie mínima se reduce a 60 m². Además, es imprescindible que el local tenga acceso libre y permanente a la vía pública, cumpliendo con las normas de accesibilidad.
Documentación y Procedimientos Administrativos
Es crucial cumplir con los trámites administrativos ante la Administración sanitaria para obtener la autorización de traslado. Este proceso requiere una documentación específica que, con el asesoramiento adecuado, puede garantizar el éxito en la tramitación.
En Martin&Parés, nuestro equipo especializado te acompaña en todo el proceso, asegurando que el traslado de tu farmacia se realice conforme a la normativa vigente, optimizando tanto la ubicación como los recursos del establecimiento.