La Audiencia Nacional respalda la extensión de norma impulsada por INTEROVIC y avala la legalidad de la aportación económica obligatoria al conjunto del sector ovino y caprino
DESCARGAR SENTENCIA COMPLETA EN PDF.
Madrid, 25 de julio de 2025 – La Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC) ha logrado un importante triunfo jurídico al obtener la desestimación íntegra del recurso interpuesto contra la Orden APA/1203/2020, que extendía al conjunto del sector el acuerdo adoptado por INTEROVIC y establecía una aportación económica obligatoria. La defensa de los intereses de INTEROVIC ha sido sostenida por MARTÍN&PARÉS Abogados.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en Sentencia nº 251/2021 de fecha 26 de junio de 2025, ha confirmado que la orden ministerial impugnada se ajusta plenamente a Derecho, respaldando tanto la forma como el fondo de la actuación de INTEROVIC, dirigida en esta ocasión por los Letrados Víctor Martín Aguilera, quien ya sostuviera con éxito la anterior defensa contra la primera extensión de norma, y Marta Pons Gascón, contando esta última con una ya dilatada experiencia en este ámbito agroalimentario.
Entre los puntos clave de la resolución destacan:
- Reconocimiento del interés general de las acciones promovidas por INTEROVIC en beneficio de todo el sector, incluidos exportadores no integrados en la organización, al contribuir a la apertura de mercados exteriores, el incremento de la demanda y el valor del producto español, sin distinción entre canales comerciales ni tipo de producto (vivo o cárnico).
- Validación de la proporcionalidad y legalidad de la aportación económica obligatoria prevista en la Orden, en línea con lo establecido en los artículos 8 y 9 de la Ley 38/1994, y el Reglamento (UE) 1308/2013. La Sentencia descarta que se trate de una exacción de efecto equivalente o de naturaleza tributaria, como pretendían los recurrentes, recordando que se trata de aportaciones de carácter privado al margen del control presupuestario estatal.
- Ratificación de que se cumplieron todas las garantías procedimentales, incluido el trámite de información pública, sin que fuera exigible la inclusión de la norma en el Plan Normativo anual ni un informe preceptivo de la CNMC.
- La Sentencia subraya además que la aportación no es discriminatoria ni excesivamente gravosa, remitiéndose a la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo, en particular la STS de 13 de marzo de 2019 (recurso 838/2016), que ya validó la legalidad de este tipo de extensiones de norma y sus efectos económicos.
Esta resolución refuerza la legitimidad y el valor de las actuaciones de INTEROVIC en representación de todo el sector, y consolida un marco jurídico estable y conforme a la normativa nacional y europea para la financiación colectiva de actividades estratégicas en el ámbito agroalimentario.»