Procesal. El Tribunal Supremo confirma que no cabe la imposición de costas en resolución de recursos de reposición y revisión.

Régimen de imposición de costas en la resolución de recursos de reposición y de revisión.
Un Auto del Tribunal Supremo publicado recientemente (ATS de 30 de Junio de 2020, Sala 1ª de la Civil, Recurso 2574/2016) ha confirmado la postura mantenida ya por dicho Tribunal (Auto de la Sala Especial de fecha 10/02/2015, recurso 10/2005) en el sentido de que en la resolución de los recursos de reposición y revisión NO cabe la imposición de costas ya que la LEC no contempla respecto de ellos ningún régimen de imposición de costas ni realiza remisión al régimen ordinario contemplado en los artículos 394 y siguientes, únicamente relativos a las resoluciones que pongan fin al procedimiento en primera instancia, así como las que resuelvan los recursos de apelación y los extraordinarios de infracción procesal o casación.

http://www.poderjudicial.es/search/TS/openDocument/30e98f9d8bf2ab28/20200707