Delitos informáticos empresariales: ciberataques y protección de datos en el ámbito penal
By: Marta Segarra
La transformación digital ha multiplicado la eficiencia de las empresas, pero también ha ampliado de forma exponencial su exposición a riesgos penales. Los delitos informáticos empresariales ya no son un fenómeno aislado, sino una amenaza constante que puede comprometer tanto la continuidad del negocio como la responsabilidad jurídica de la propia organización y de sus administradores.
En este contexto, los ciberataques y las brechas de protección de datos no solo generan pérdidas económicas o reputacionales, sino que pueden derivar en consecuencias penales relevantes conforme al Código Penal español y a la normativa en materia de protección de datos, como el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).
A continuación, analizamos cómo se configuran estos delitos, qué responsabilidades pueden surgir para las empresas y qué medidas son clave para prevenirlos desde una perspectiva de compliance penal.
¿Qué se entiende por delitos informáticos empresariales?
Los delitos informáticos son aquellas conductas ilícitas en las que las tecnologías de la información constituyen el medio o el objeto del delito. En el ámbito empresarial, pueden afectar tanto a la propia organización como a terceros (clientes, proveedores o empleados).
El Código Penal, en sus artículos 197 y siguientes, tipifica diversas conductas relacionadas con el acceso ilícito a sistemas, la interceptación de datos o su alteración. Entre los más habituales en el entorno corporativo destacan:
Acceso ilícito a sistemas informáticos (hacking)
Consiste en acceder sin autorización a sistemas o redes informáticas. Puede tener como finalidad la obtención de información confidencial, el espionaje industrial o la preparación de ataques más complejos.
Daños informáticos
Incluye la alteración, supresión o deterioro de datos, programas o sistemas. Un ejemplo claro son los ataques de ransomware, que bloquean el acceso a los sistemas hasta el pago de un rescate.
Descubrimiento y revelación de secretos
Regulado en el artículo 197 del Código Penal, este delito sanciona la obtención y difusión no autorizada de datos personales o empresariales. En el entorno corporativo, puede implicar tanto a terceros como a empleados desleales.
Estafas informáticas
Se producen cuando se utilizan medios tecnológicos para inducir a error y obtener un beneficio económico. El phishing o la suplantación de identidad son ejemplos frecuentes.
Responsabilidad penal de la empresa ante ciberataques
Desde la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 5/2010 y posteriormente reforzada por la Ley Orgánica 1/2015, las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por determinados delitos cometidos en su seno.
Esto implica que una empresa puede ser condenada si:
- El delito ha sido cometido en su beneficio directo o indirecto
- No ha adoptado medidas adecuadas de control y prevención
En el caso de los delitos informáticos, la responsabilidad puede surgir, por ejemplo, si:
- No existen protocolos de seguridad adecuados
- Se produce una negligencia grave en la gestión de sistemas
- No se controla el acceso a datos sensibles
Las consecuencias pueden incluir multas elevadas, prohibición de actividades, intervención judicial o incluso la disolución de la sociedad.
Protección de datos y su conexión con el ámbito penal
La protección de datos personales no es únicamente una cuestión administrativa. En determinados supuestos, su vulneración puede tener relevancia penal.
El RGPD y la LOPDGDD imponen a las empresas la obligación de garantizar la seguridad de los datos personales mediante medidas técnicas y organizativas adecuadas. Cuando estas obligaciones se incumplen gravemente y se produce una afectación relevante, pueden derivarse:
- Sanciones administrativas por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
- Responsabilidad civil por daños y perjuicios
- Responsabilidad penal, especialmente en casos de revelación de secretos o acceso ilícito
Un ejemplo típico es la filtración de bases de datos de clientes por falta de medidas de seguridad, lo que puede ser considerado no solo una infracción administrativa, sino también un delito si concurren determinados elementos.
El papel del compliance penal en la prevención de ciberdelitos
Ante este escenario, los programas de compliance penal se han convertido en una herramienta esencial para las empresas.
Un sistema de cumplimiento eficaz permite:
- Identificar riesgos penales asociados a la actividad digital
- Establecer protocolos de seguridad informática
- Regular el acceso a la información
- Formar a empleados en buenas prácticas
- Detectar y reaccionar ante incidentes
Además, conforme al artículo 31 bis del Código Penal, la implantación de un modelo de prevención eficaz puede eximir o atenuar la responsabilidad penal de la empresa.
Elementos clave de un programa eficaz
Para que un programa de compliance sea realmente útil frente a delitos informáticos, debe incluir:
Evaluación de riesgos tecnológicos
Análisis de vulnerabilidades en sistemas, redes y procesos internos.
Políticas de seguridad de la información
Normas claras sobre uso de dispositivos, contraseñas, accesos y gestión de datos.
Canal de denuncias
Obligatorio en muchas empresas tras la Ley 2/2023, permite detectar irregularidades de forma temprana.
Formación continua
Los empleados son uno de los principales puntos de entrada de ciberataques. La concienciación es clave.
Plan de respuesta ante incidentes
Protocolos claros para actuar ante brechas de seguridad o ataques informáticos.
Consecuencias reales para empresas y administradores
La falta de prevención no solo afecta a la empresa como persona jurídica. Los administradores y directivos pueden incurrir en responsabilidad penal si se demuestra:
- Falta de diligencia en la supervisión
- Omisión de medidas de control
- Tolerancia de prácticas ilícitas
Asimismo, pueden enfrentarse a acciones de responsabilidad civil por daños causados a terceros o a la propia sociedad.
En la práctica, los tribunales valoran cada vez más la existencia de sistemas de compliance y la cultura de cumplimiento dentro de la organización.
Cómo actuar ante un ciberataque
Cuando una empresa sufre un ataque informático, la reacción debe ser inmediata y coordinada. Algunas medidas esenciales son:
- Contener el incidente y evitar su propagación
- Analizar el alcance del ataque
- Notificar a la AEPD si hay datos personales afectados (en un plazo máximo de 72 horas)
- Documentar todas las actuaciones
- Valorar la interposición de denuncia
La gestión adecuada del incidente puede marcar la diferencia entre una contingencia controlada y un problema jurídico de gran magnitud.
Preguntas frecuentes sobre delitos informáticos empresariales
¿Puede una empresa ser condenada penalmente por un ciberataque?
Sí, si se demuestra que el delito se ha cometido en su beneficio y que no existían medidas adecuadas de prevención, la empresa puede ser penalmente responsable.
¿Qué diferencia hay entre sanción administrativa y delito en protección de datos?
Las sanciones administrativas derivan del incumplimiento del RGPD o la LOPDGDD, mientras que el delito implica conductas más graves, como el acceso ilícito o la revelación de secretos, tipificadas en el Código Penal.
¿Es obligatorio tener un programa de compliance penal?
No es obligatorio en todos los casos, pero sí altamente recomendable. Además, puede eximir o reducir la responsabilidad penal de la empresa.
¿Qué plazo hay para notificar una brecha de seguridad?
El RGPD establece un plazo máximo de 72 horas desde que se tiene conocimiento del incidente, siempre que afecte a datos personales.
¿Los empleados pueden ser responsables de delitos informáticos?
Sí, los empleados pueden responder penalmente por sus actos. Además, sus conductas pueden generar responsabilidad para la empresa si no existían controles adecuados.
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